Contenido solo informativo. No constituye asesoría legal, contributiva, financiera ni de inversión. Verifique siempre con un profesional licenciado en Puerto Rico. Los datos provienen de los sitios web públicos de cada empresa y pueden cambiar.
La Ley 60-2019 (Código de Incentivos de Puerto Rico) consolidó incentivos anteriores (como las Leyes 20 y 22). Los beneficios se obtienen mediante un decreto otorgado por el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC).
Individuo Residente Inversionista (IRI): puntos clave reportados para 2026
- Convertirse en residente bona fide de Puerto Rico (requisito federal y local).
- Donación anual de $10,000 a entidades sin fines de lucro elegibles; la Carta Circular DDEC 2026-001 detalla cómo distribuirla ($5,000 a entidades de la lista de pobreza infantil, entre otras).
- Informe anual al DDEC con cargo de radicación (fuentes secundarias reportan $5,000; confirme en el DDEC).
- Adquirir una residencia en Puerto Rico dentro del plazo que establece la ley.
Exportación de servicios
Empresas que exportan servicios desde Puerto Rico pueden solicitar tasas preferenciales sobre ingresos elegibles, sujeto a requisitos de empleo y otros establecidos en el decreto.
Los requisitos cambian. Esta guía resume fuentes oficiales y no sustituye la asesoría de un abogado o CPA licenciado en Puerto Rico.